Córdoba: Le vendieron glifosato adulterado y ahora deberán indemnizarla
La Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba
confirmó un fallo de primera instancia que ordenó a dos empresas proveedoras de
agroquímicos el pago de una indemnización a una firma productora de granos a la
que le vendieron glifosato adulterado con dicamba, lo que terminó perjudicando
la cosecha de soja.
Sin embargo, el tribunal integrado por los jueces Eduardo
Ávalos, Ignacio María Vélez Funes y Graciela Montesi dispuso reducir el monto
indemnizatorio que recibirá la compañía damnificada, en resarcimiento por la
pérdida productiva y económica que sufrió.
El caso
El caso se denomina "MCA Agropecuaria c/ Hallpa Comercial SA
y Otro S/ Daños y Perjuicios", y se trata de una denuncia formulada en 2009 en
la que MCA solicitó indemnización por atribución de responsabilidad de Hallpa
(proveedora) y Síntesis Química Saic (fabricante) "por provisión de plaguicidas
y pesticidas para la fumigación de soja que resultaron perjudiciales y
frustrantes de cosechas de ese cereal".
Según consta en la causa, se trata de seis mil litros de
glifosato marca "Vendaval" que afectó a cultivos sembrados en la campaña
2008/09 en 1.204 hectáreas en la zona de Del Campillo (departamento General
Roca) y 300 del establecimiento "El Desbarrancado", de San Luis.
Perjuicios
El diagnóstico de los daños por fitotoxicidad, constatado
por un ingeniero agrónomo contratado por la demandante, fue epinastía
(encurvamiento) de las hojas por distinto desarrollo de la lámina y las
nervaduras, como también un número menor de hojas de lo habitual en cada
planta.
En concreto, la sucesiva afectación de ápices de crecimiento
provocó en algunas plantas el brote irregular de numerosas ramas, como vainas
con deformaciones; "en síntesis, plantas muertas, plantas sin granos, brotes
secos, crecimiento desparejo, todo con una importante pérdida de rendimiento
final en la producción de vainas y su fruto", destaca el fallo de la Cámara
Federal.
Posteriormente, un perito imparcial designado por el juzgado
federal de Río Cuarto determinó "necrosis y muerte del ápice de talla principal
y epinastía en tallo y ramificaciones, abundante proliferación de raíces con
escaso desarrollo, acortamiento entre nudos y engrosamiento de la base del
tallo", además de que las plantas analizadas con estos síntomas fitotóxicos
presentaban alturas marcadamente inferior a las plantas sin síntomas, "todo lo
cual se debió al tratamiento químico (fumigación) que se aplicara a la
siembra".
Los análisis del producto determinaron que estaba adulterado
con otro herbicida, que es el que habría provocado estos daños: Dicamba.
Reclamo
Bajo esta perspectiva, los demandantes reclamaron daño
emergente y lucro cesante, y solicitaron por tal motivo un resarcimiento de
1.885.001 pesos, que sumando intereses de tasa pasiva y dos por ciento mensual
adicional, llevaba la indemnización total actualizada a casi seis millones de
pesos.
A fines de 2014, el juez federal de Río Cuarto hizo lugar a
la demanda, que fue apelada por las empresas denunciadas, que consideraron que
el resarcimiento solicitado era elevado ya que estaba calculado sobre el monto
total supuestamente perdido, estimando rindes que podrían haberse alcanzado y
precios a cosecha, cuando en realidad eso no podía sustentarse.
La Cámara Federal tomó la apelación y decidió confirmar el pago de una indemnización pero aceptó el planteo de los acusados, al sostener que el daño a la producción de soja es "probable" y no "real", por tanto, el monto resarcitorio debe ser menor al sancionado en primera instancia. Los jueces consideraron que no es un "daño emergente" sino una "pérdida de chance".