La Corte ratifica la privación de la patria potestad para condenados a más de tres años de prisión
SENTENCIA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION
CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
11 de Mayo de 2017
SINTESIS
En el marco de un reclamo por inconstitucionalidad del art. 12 del Código Penal, convalida la pena dispuesta en la normativa en cuanto establece, como consecuencia de las condenas a penas privativas de libertad superiores a tres años, la privación de la patria potestad mientras dure la pena. Refiere que el nuevo Código Civil y Comercial en su art. 702 establece que el ejercicio de la responsabilidad parental queda suspendido mientras dure el plazo de la condena a reclusión o prisión por más de tres años. Asimismo resalta que dicha reforma legislativa tiene entre sus finalidades primordiales propender a la adecuación de las disposiciones del derecho privado a los principios constitucionales, lo cual incluye tanto las disposiciones en materia de restricciones a la capacidad como la mejor protección del interés superior del niño.
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