Revocan un fallo que había dejado sin efecto la prisión domiciliaria de un condenado por delitos de lesa humanidad
SINTESIS
Admite, en decisión mayoritaria, el recurso extraordinario interpuesto por la defensa de un teniente coronel que fuera condenado, por sentencia no firme, a la pena de veintidós años de prisión por la comisión de delitos de lesa humanidad durante la última dictadura militar, contra la sentencia que había revocado el pronunciamiento que le concedió el arresto domiciliario y dispone el dictado de un nuevo pronunciamiento al respecto. Resalta que en procesos en los que se dilucidan hechos vinculados al inconcebible horror que primó durante la última dictadura militar, el respeto al enorme sufrimiento que este provocó y que se encuentra todavía vigente, debe llevar al Poder Judicial a actuar con la más alta responsabilidad institucional en el ejercicio de su jurisdicción. Entiende que el a quo al revocar el beneficio concedido, omitió ponderar debidamente tanto si en función de las particulares circunstancias de salud que registra el imputado además de su avanzada edad, la detención en un establecimiento penitenciario podía comprometer o agravar su estado, como así también si la unidad carcelaria correspondiente resultaba efectivamente apta para alojarlo, resguardar su estado y tratarlo en forma adecuada.