Condenan a Franco Morata a un año de ejecución condicional por insolvencia fraudulenta
La Cámara 12.º en lo Criminal y Correccional condenó a
Franco Morata a un año de prisión de ejecución condicional por el delito de
insolvencia fraudulenta, en la calidad de instigador, al tiempo que le fijó al
imputado una serie de reglas de conducta, que deberá cumplir durante dos años.
El tribunal, integrado en forma unipersonal por la camarista
Gabriela María Bella, dio a conocer la parte resolutiva de la sentencia, cuyos
fundamentos serán difundidos el día 7 de abril, a partir de las12 h. La
decisión fue el corolario de las audiencias de debate oral que se desarrollaron
entre el 23 y el 30 de marzo.
En la resolución se establecieron una serie de reglas de
conducta por el término de dos años y entre ellas: se le impuso que lleve
adelante un "tratamiento psicológico, en entidad pública o privada", para lo
cual deberá "acreditar su comparecencia y continuidad" y también deberá
"realizar trabajos no remunerados, al menos dos horas por semana, durante el
término establecido, en una institución pública o privada destinada a la
rehabilitación de pacientes con dificultades físicas y/o intelectuales, que se
designará por medio del Patronato de Liberados, una vez que quede firme" la
sentencia. Tendrá la obligación de "presentar informe, emanado de su responsable,
en el cual conste el cumplimiento" de estas tareas.
Asimismo, el tribunal dispuso la reposición del automóvil
"Mini", modelo "Cooper S Chilli", al estado anterior a la comisión del delito,
al "haberse acreditado con certeza que los actos jurídicos fraudulentos
constituyeron una simulación" encaminada a "la insolvencia (del imputado) que
se ha tenido por cierta" y a evitar con ello que se "produzcan consecuencias
ulteriores".
Como consecuencia, se dispuso la anulación de la inscripción
registral de dicho vehículo a nombre de Florencia Bernardi" y, una vez que
quede firme la resolución, se oficiará al Registro Nacional de la Propiedad
Automotor con tal fin.
Proceso anterior
Cabe recordar que, en el marco de otro proceso penal, en
abril de 2011, la entonces jueza correccional Susana Cordi Moreno había
condenado a Franco Morata a la pena de dos años de prisión efectiva por el
delito de lesiones culposas agravadas y le había impuesto la pena de cuatro
años de inhabilitación especial para conducir todo tipo de vehículos
automotores. De acuerdo con el juicio oral desarrollado en 2011, Morata, a
bordo del "Mini Cooper", embistió en la zona de Nueva Córdoba al joven Nicolás
Sánchez, que, a raíz de lo sucedido, sufrió graves heridas (tiene dificultades
para desplazarse por una hemiplejía).
En cambio, en el proceso en el que ahora también resultó condenado, a Morata se le acusó por haber transferido el vehículo "Mini Cooper", con la complicidad de su entonces novia y abuela, con el fin de frustrar el cumplimiento de las obligaciones civiles emergentes del delito anterior.