Designan a "abogado del niño" para que represente a un menor que perdió a su familia en accidente
En base al principio de tutela judicial preventiva, la jueza
de Familia de 6.° Nominación, Gabriela Eslava, ordenó la designación de un
"abogado del niño" para que efectué los reclamos administrativos y judiciales
que correspondan, en nombre y representación de un niño -menor de diez años-
que perdió a su padre, a su madre y a su hermano en un accidente de tránsito
ocurrido en 2015. La magistrada dispuso, asimismo, que una tía del menor, que
está tramitando su tutela, proponga un letrado del foro local -preferentemente
perteneciente al entorno personal del niño- para hacer efectiva la medida.
La tía materna había solicitado ante el Juzgado de Familia
de 6.° Nominación de la ciudad de Córdoba la tutela de su sobrino a causa de la
situación de orfandad en la que quedó luego el accidente. Pero mientras se
tramitaba este proceso judicial advirtió se encontraban próximos a prescribir
las acciones y los derechos del niño a ser resarcido por los eventuales daños y
perjuicios que le pudieren corresponder como consecuencia del accidente de
tránsito. Entonces, solicitó a la jueza Eslava que se la autorice cautelarmente
a otorgar poderes, contratar abogados y efectuar reclamos administrativos o
judiciales en representación del niño.
Tras corroborar que el plazo de prescripción de las acciones
correspondientes se encontraba corriendo, la magistrada admitió que la medida
solicitada estaba basada en un claro "peligro en la demora". Pero entendió que
hacer lugar a la petición original de la pretensa tutora (una autorización para
otorgar poderes, contratar abogados, y efectuar por sí en nombre y
representación del niño reclamos administrativos y/o judiciales) significaría,
en la práctica, anticipar el resultado del proceso de tutela que tramita el
juzgado. Por esta razón, consideró más conveniente apelar a la figura del
"abogado del niño" que evita la superposición de tutores especiales.
"Lo que B. necesita para cautelar sus derechos es un abogado que cuente con facultades suficientes para en su nombre y representación presentar una demanda judicial o reclamos administrativos", enfatizó la jueza Eslava.
Fuente: Justiciacordoba