Reestablecen en sus funciones a un concejal de Mendiolaza

Causa: "Díaz Yofre, Andrés C/ Municipalidad de la ciudad de Mendiolaza - Amparo (Ley 4915)".

Fecha: 8 de junio de 2016.

La Cámara Contencioso Administrativa de Segunda Nominación resolvió dejar sin efecto la cesación de funciones del concejal Andrés Díaz Yofre, dispuesta por el Honorable Concejo Deliberante (HCD) de la ciudad de Mendiolaza; y, en consecuencia, ordenó el restablecimiento inmediato de sus funciones como edil titular. La decisión judicial fue adoptada sobre la base de considerar que -con anterioridad a la sesión- el actor había formalizado su renuncia al cargo político incompatible de Asesor de Planificación y Control, en la vecina Municipalidad de Villa Allende, renuncia que había sido aceptada por el intendente de Villa Allende y puesta en conocimiento del presidente del HCD de Mendiolaza, por el propio interesado, antes de la votación.

El tribunal aclaró que el control judicial se extiende sobre los elementos reglados del acto político -sin ingresar a su esencia o núcleo interno discrecional- y concluyó que la decisión presenta vicios en su causa y motivación, a la vez que lesiona el debido proceso, que supone el derecho a obtener una decisión fundada.

En la sentencia, se explica que la motivación del acto está viciada, ya que atiende a un estado de hecho –el ejercicio de cargo político incompatible-, que cesó con la renuncia presentada, aceptada y puesta en conocimiento del HCD antes de la toma de decisión política, por lo que su valor y eficacia jurídica no pudo ser soslayada por el plenario del cuerpo deliberativo.

"La cesación de funciones fue dispuesta el mismo día en que se extinguió la causal de inhabilidad por el ejercicio del cargo político, respecto del cual, el concejal Díaz Yofre había renunciado y se había aceptado su renuncia, circunstancias que, además, impuso en el conocimiento al HCD a través de la persona de su presidente", explica la resolución.

El asunto tiene trascendencia institucional porque la decisión revocada afecta los derechos políticos del candidato electo, los derechos fundamentales de representación política del electorado y la regular composición del HCD de la Municipalidad de Mendiolaza.

"No advertir el cambio operado en la realidad objetiva, y fundar no obstante la decisión en un hecho concreto, pero pasado y extinguido, sustrae de causa justificadora razonable, con el agravante al interés institucional de producir el efecto de silenciar la expresión de la voluntad popular manifestada en los comicios del día 06/09/2015, por quien resultó ser la primera minoría, que eligió como concejal titular a Andrés Díaz Yofre", explicó la Cámara Contencioso Administrativa de Segunda Nominación.