Confirman la internación de dos adolescentes que agredieron a otro causándole la muerte

Causa: "A., F. G. y E., F. E. p.ss.aa. homicidio simple, etc. –cuerpo de copias–Recurso de Casación"

Fecha: 3 de mayo de 2016.

 

Aunque son inimputables, todavía no volverán con sus familias puesto que sus progenitoras no pueden brindarle la contención y la supervisión necesaria

 

La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) confirmó la internación provisoria de dos adolescentes inimputables que mataron a un joven y lesionaron a otro cuando les arrojaron un trozo de cemento, mientras circulaban en una motocicleta por la vía pública. El Alto Cuerpo ratificó así una decisión de la Cámara Criminal y Correccional de San Francisco que había avalado la medida tutelar provisoria de internación dispuesta por del Juzgado de Niñez, Juventud y Violencia Familiar de dicha sede judicial.

 

El TSJ consideró que la entrega de los adolescentes a sus progenitoras "no aparece como razonable", por un lado, por la ostensible gravedad de conducta atribuida y porque su entorno familiar, por el momento, "no puede brindarle la contención y supervisión necesaria. "Ninguna de las madres asumió la gravedad del hecho cometido por sus hijos y la necesidad de su tratamiento, sino todo lo contrario, negaron y minimizaron lo sucedido, colocando como víctimas a sus hijos y no al joven fallecido como consecuencia de la conducta de estos, lo que difícilmente los ayudaría en su resocialización", expresó el Alto Cuerpo.

 

La sentencia subraya que en el caso no pudo vislumbrarse un adulto "con aceptable capacidad para desempeñar su rol principal en lo concerniente a la educación y contención de estos jóvenes" y que esta circunstancia "habilita, por lo menos temporalmente, que el Estado asuma el rol subsidiario que le compete ejercer en cuanto a estos aspectos, llevando a cabo un tratamiento tendiente a la superación de la grave inconducta cometida".

 

Respecto a F. G. A., uno de los adolescentes en conflicto con la ley penal, la encuesta socioambiental asegura que forma parte de una familia disfuncional "proclive a cometer actos delictivos", que su progenitor y otros tres hermanos están privados de la libertad y que su madre "muestra cierta tendencia a negar los hechos" e intentar "justificar a sus hijos". En cuanto a F. E. E., el otro involucrado, los informes destacan que presenta una situación similar ya que su padre ha fallecido y su madre ha comercializado estupefacientes en su domicilio.

 

De todos modos, el TSJ instó al Juzgado de Niñez, Juventud y Violencia Familiar de San Francisco a solicitar informes periódicos sobre la situación integral de los jóvenes al órgano de ejecución con el objetivo de flexibilizar la internación, si el resultado del tratamiento lo permite, de manera tal que se reduzca la restricción a la libertad al mínimo posible, o bien, que sea reemplazada por alguna medida alternativa adecuada. En tal sentido, el Alto Cuerpo recordó que la medida de internación no podrá tener una duración excesiva que desborde su finalidad tuitiva y correctiva.

 

"Cabe instar a la jueza para que, con la intervención técnica correspondiente, pueda articular alguna alternativa adecuada a la reinserción positiva de los jóvenes, posibilidad que requerirá que las áreas de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf) exploren el ámbito familiar y aún de la familia extensa, dada la vulnerabilidad que presentan", concluyó el TSJ.