Fallo Arriola,

Juárez, Dante Leopoldo s/ recurso de casación

 

SENTENCIA

 

CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

 

6 de Marzo de 2015

 

SINTESIS

 

Revoca el sobreseimiento, respecto del delito de tenencia de estupefacientes para consumo personal, dispuesto en favor de un interno que se encontraba alojado en un establecimiento carcelario al cual se le secuestró, durante una requisa ordenada por un Juzgado de Instrucción, una bolsa de nylon que contenía 4 gramos de cocaína. Entiende que de la doctrina emanada del caso CSJN Arriola, del 25/08/2009, puede reconstruirse una opinión común en el sentido de que no se ha declarado de modo general y abstracto la incompatibilidad del art. 14, segundo párrafo, de la ley 23.737 con el art. 19 de la Constitución Nacional, sino sólo en los casos en que la tenencia de estupefacientes para consumo personal se hubiese realizado en condiciones tales que no traigan aparejado un peligro o daño concreto a derechos o bienes de terceros. En tal sentido, señala que la prohibición de la tenencia de estupefacientes en un establecimiento carcelario, aun cuando sea para el propio consumo, aparece como una restricción razonable al ámbito de intimidad, pues en esas condiciones no es posible descartar que esa conducta no apareje ningún riesgo para derechos o bienes de terceros.