Fallo Arriola,
Juárez, Dante Leopoldo s/ recurso de
casación
SENTENCIA
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES
6 de Marzo de 2015
SINTESIS
Revoca el sobreseimiento, respecto
del delito de tenencia de estupefacientes para consumo personal, dispuesto en
favor de un interno que se encontraba alojado en un establecimiento carcelario
al cual se le secuestró, durante una requisa ordenada por un Juzgado de
Instrucción, una bolsa de nylon que contenía 4 gramos de cocaína. Entiende que
de la doctrina emanada del caso CSJN Arriola, del 25/08/2009, puede reconstruirse
una opinión común en el sentido de que no se ha declarado de modo general y abstracto la
incompatibilidad del art. 14, segundo párrafo, de la ley 23.737 con el art. 19
de la Constitución Nacional, sino sólo en los casos en que la tenencia de
estupefacientes para consumo personal se hubiese realizado en condiciones tales
que no traigan aparejado un peligro o daño concreto a derechos o bienes de
terceros. En tal sentido, señala que la prohibición de la tenencia de
estupefacientes en un establecimiento carcelario, aun cuando sea para el propio
consumo, aparece como una restricción razonable al ámbito de intimidad, pues en
esas condiciones no es posible descartar que esa conducta no apareje ningún
riesgo para derechos o bienes de terceros.