Drogas: difunden los fundamentos del fallo que dispone investigar presunto encubrimiento

En la sentencia, la Cámara 4ª del Crimen también condenó por tenencia simple de estupefacientes al joven que concretó la venta, en un hecho ocurrido en 2013

 

La Cámara 4º del Crimen de la ciudad de Córdoba dio a conocer los fundamentos de la resolución por medio de la cual dispuso que una Fiscalía de Instrucción investigue si un joven de 24 años cometió presuntamente encubrimiento al haber adquirido marihuana para consumo personal, en una vivienda ubicada en el barrio Liceo, Segunda Sección. Asimismo, el tribunal condenó al joven de 21 años que concretó la venta a la pena de dos años de ejecución condicional por el delito de tenencia simple de estupefacientes reiterada.

 

En la resolución, el camarista Jorge Raúl Montero esgrimió que, en relación con el vendedor, se probó "la entrega de estupefacientes de éste a otro sujeto, en exiguas cantidades y por una suma dineraria nimia, operatoria que no escapa a la de la mera venta". Asimismo, aclaró que "el hallazgo en su domicilio de sustancias de la misma calidad pero en mayor cantidad, y de una determinada suma dineraria, no son suficientes para ubicarlo en una cadena de tránsito donde le quepa el rol de comerciante".

 

Como consecuencia, el tribunal (unipersonal) concluyó que asistía razón al fiscal de Cámara cuando, durante el debate oral, requirió que el imputado fuera juzgado por la presunta comisión de tenencia simple de estupefacientes, en vez de por comercialización de estupefacientes y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, como lo había considerado el fiscal de Instrucción.

 

Por ende, teniendo en cuenta la corta edad del joven, así como sus deseos de superar la adicción y de retomar los estudios, la Cámara entendió que correspondía imponerle la pena de dos años de ejecución condicional y una multa de 100 pesos, además de una serie de reglas de conductas para los próximos cuatro años (no cometer delitos, abstenerse del consumo de bebidas alcohólicas y/o estupefacientes, asistir a la secundaria y adoptar un empleo u oficio según sus capacidades, entre otras).

 

 

Posible encubrimiento

Por su parte, respecto del otro joven, el magistrado decidió remitir los antecedentes a una fiscalía para que se investigue si incurrió en el supuesto encubrimiento. Esto, teniendo en cuenta que, salvo en los casos en que la propia ley quita a las sustancias psicoactivas "su costado prohibitivo" al ser destinadas a "un uso médico, científico o a investigaciones o experimentos", para el resto de los casos "la sustancia es mala prohibita (en el sentido literal de la expresión), y, por ello, quien la recepta, sólo por este hecho recibe una cosa que tiene ese carácter".

 

En el mismo sentido, el camarista argumentó que, aun cuando de la escasa cantidad y demás circunstancias surgiera que inequívocamente la tenencia es para uso personal, y se adoptaran para el caso los lineamientos marcados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (inconstitucionalidad de la punición en casos de tenencia para consumo, conforme al caso 'Arriola'), en modo alguno esta tenencia movería al sujeto de su injerencia activa como último eslabón en una cadena de tráfico (supuesto potable para el encubrimiento).

 

En esta inteligencia, se señaló específicamente que, además, el encubrimiento como tal se corre del elenco de los delitos contra la salud pública, puesto que el bien jurídicamente protegido a través de dicha tipificación es la administración de Justicia.

 

Finalmente, el camarista recalcó que el joven aún no fue sobreseído y, en el hipotético caso de que se hubiera dispuesto el archivo de la causa, este lo habría sido sólo "por el hecho tipificado como tenencia para consumo personal, pero no por la receptación dolosa de la droga incautada, como parte de la venta efectuada".

 

El hecho ocurrió en mayo de 2013, cuando se concretó un allanamiento en una vivienda ubicada en la calle Belisario Roldán al 1.200 del Barrio Liceo Segunda Sección, de la ciudad de Córdoba. En la ocasión, en el interior de la casa secuestraron 12,54 gramos de cocaína y 72,62 gramos de "cannabis sativa", además de 3.596 pesos y de papel para armar "porros" en el bolsillo del pantalón del joven ahora condenado. Por su parte, personal policial requisó al otro joven, que había concurrido al lugar a concretar una compra, y le secuestraron un envoltorio de papel de diario y un cigarrillo de marihuana, de confección artesanal, parcialmente consumido.

 

Causa: "Cruz, Pedro Enrique p.s.a. Tenencia Simple de Estupefacientes; Márquez Maldonado, Jonathan José Ulises p.s.a Comercialización de estupefacientes agravada; Zuñiga, Brian Abel p.s.a Comercialización de estupefacientes, Tenencia con fines de comercialización simple".

Fecha: 11 de mayo de 2015.