Córdoba: nueva ley provincial de procedimiento de los derechos de consumidores

Su objetivo es lograr una mejor aplicación en el ámbito provincial de los derechos de los usuarios. Brinda mejores vías para que sus derechos puedan ser validados de forma más efectiva y eficaz. Se establece un procedimiento más eficiente en cuanto a tiempos y tramitación de los reclamos.

La ley sancionada ayer en la Legislatura de Córdoba, fue impulsada por el ministro de Industria, Comercio, Minería y Desarrollo Científico Tecnológico, Martín Llaryora, en conjunto con la Dirección General de Defensa del Consumidor.

El objetivo de esta ley es lograr una mejor aplicación de los derechos de los consumidores y usuarios, a través de una regulación más eficaz principalmente de las facultades de la autoridad de aplicación provincial.

Hasta ahora, el consumidor de la provincia de Córdoba contaba con numerosos derechos que otorgan el artículo 42 de la Constitución Nacional y la ley nacional N° 24.240, pero no existían vías adecuadas para llevarlos a la práctica porque no se disponía de una ley de procedimiento para los derechos de los consumidores y usuarios.

A partir de la sanción de esta ley se establece a la Dirección General de Defensa del Consumidor como autoridad local de aplicación de la ley nacional 24.240 que tiene como finalidad lograr una efectiva aplicación en el ámbito provincial de estos derechos.

Esta ley regula el Procedimiento Administrativo que se inicia de oficio o por denuncia o reclamo de un consumidor. Se regulan también distintos aspectos de la instancia conciliatoria, la imputación de posibles infracciones, el descargo, el ofrecimiento de pruebas y el dictado de la resolución definitiva.

Un aspecto muy significativo es que en esta ley se consagra el principio de Solve est Repete (Pague y luego pida devolución), que implica que a partir de ahora los proveedores primero deberán pagar las multas para poder apelarlas. De esta manera, se pretende evitar que las empresas incurran en infracción.

También se crea el Registro Provincial de Asociaciones de Defensa de Consumidores y Usuarios, con la finalidad que se disponga de datos oficiales en relación a la existencia y funcionamiento de estas asociaciones.

Asimismo, se establece el Registro de Infractores que autoriza a la Dirección de Defensa del Consumidor a difundir públicamente las estadísticas de reclamos formulados contra las empresas. Este Registro tiene por finalidad brindar a los consumidores y usuarios datos relativos a distintas empresas para que éstos los evalúen al momento de adquirir bienes o servicios. De esta forma, se direcciona el poder de compra de los consumidores.

Esta ley regula, al mismo tiempo, una vía recursiva de rápida resolución tanto en sede administrativa como judicial.