Apelación en juicios orales
La Cámara Civil de 8 Nominación
entendió que procede la apelación contra el decreto que transforma las
actuaciones de juicio ordinario a juicio abreviado-oral. El Tribunal apuntó que
"si el trámite abreviado no se encuentra
aún consolidado, no es aplicable el régimen de inapelabilidad incidental
consagrada en el art. 515 del CPCC y por lo tanto, la providencia impugnada era
factible de ser objeto de recurso de apelación".
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