Apelación en juicios orales

La Cámara Civil de 8 Nominación entendió que procede la apelación contra el decreto que transforma las actuaciones de juicio ordinario a juicio abreviado-oral. El Tribunal apuntó que "si el trámite abreviado no se encuentra aún consolidado, no es aplicable el régimen de inapelabilidad incidental consagrada en el art. 515 del CPCC y por lo tanto, la providencia impugnada era factible de ser objeto de recurso de apelación".

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