Aplicación de Ley Penal más Benigna para Juzgar el Incumplimiento de las Normas Relativas a la Cuarentena

La Cámara en lo Criminal y Correccional de la Ciudad de Cruz del Eje, en su Sentencia de fecha 31/03/2021, determinó que en función de la sanción de la ley 10.702 publicada en el Boletín Oficial con fecha 17/07/2020, todo incumplimiento de las normas relativas para evitar la propagación del virus de COVID - 19, debe ser constatado y sancionado por el Poder Ejecutivo Provincial. En virtud de esto, resolvió hacer lugar a la excepción de incompetencia planteada por el acusado y en consecuencia por aplicación de la ley penal más benigna, corresponde entender sobre la cuestión al Juzgado de Faltas.

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http://www.forodecordoba.com.ar/contenido.php?id=16911