Declararan inconstitucional el DNU que modifica el cálculo de indemnizaciones por accidentes laborales
El juez Alejandro Segura, del
juzgado 41 del fuero laboral, declaró inconstitucional en un fallo de primera
instancia el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del Gobierno que había
modificado la fórmula para calcular las indemnizaciones laborales.
El caso al que se refiere el fallo
corresponde a la demanda por indemnización por accidente de trabajo del
periodista Miguel "Titi" Fernández, por problemas coronarios, de alta
presión y de estrés postraumático luego de la cobertura del Mundial de Fútbol de
Brasil, en el año 2014, donde falleció su hija.
"El Estado mediante este DNU ha
conseguido transferirle las cargas de su fallida política económica a los más
necesitados", expresó Segura en su fallo. A través de este decreto
(669/2019), el Gobierno modificó la forma de calcular los montos y los
intereses de las indemnizaciones por accidentes de trabajo, incapacidad laboral
definitiva o fallecimiento del trabajador con el objetivo de evitar un
"desfinanciamiento" de las empresas aseguradoras.
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Previo al decreto, el cálculo de los
intereses del monto de las indemnizaciones se realizaba según la tasa activa de
los bancos. Pero el Gobierno determinó que se pase a utilizar la variación del
índice Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).
La tasa anual del Banco Nación es del 71,77% y la tasa efectiva es del 100,82%,
mientras que el RIPTE durante todo 2018 fue de 30,6%. Por lo tanto, los montos
finales se reducirán considerablemente.
"Este DNU solo tiende a regular
un aspecto acotado de la realidad, digámoslo crudamente, la rentabilidad de las
aseguradoras de riesgo de trabajo", explicó Segura. "Uno de los
contenidos que el DNU pisotea es el carácter protectorio y progresivo de los
derechos laborales en juego", agregó. También calificó al decreto como
"insólito" y "regresivo".
De acuerdo a la Ley de Riesgos de
Trabajo, las indemnizaciones se calculan tomando como base la remuneración de
los trabajadores durante el año anterior a la primera manifestación que le
impide trabajar. Luego de determinado ese monto, es necesario aplicar un
mecanismo de actualización para evitar la desvalorización hasta el momento del
cobro. Las críticas de los gremios y de los abogados laboralistas es que la
aplicación de esta medida es retroactiva, ya que afecta a quienes padecieron
accidentes y todavía no cobraron.
Desde la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART), argumentan que el decreto intentó corregir "graves distorsiones" en la actualización de indemnizaciones por accidentes de trabajo. "No se puede indemnizar con tasas superiores al 100%, como venía ocurriendo hasta hoy, porque no hay rendimiento productivo ni financiero que genere esas rentas ni un inversor institucional como las ART que puedan legalmente acceder a ellas", señalaron. Según su visión, el decreto pone en eje lo que los valores astronómicos de la coyuntura actual de la tasa desvirtuaron.