Fallo judicial dictaminó una medida contra una tarjeta de crédito y a favor de un usuario
La Justicia
resolvió que un banco no deberá cobrarle a un cliente los gastos con una
tarjeta de crédito que había sido impugnada por el usuario.
Dijo "sí" a la operadora
del banco y perdió: la llamada telefónica sirvió como prueba judicial
Se trata de un fallo en segunda
instancia, de la Sala C de la Cámara Nacional en lo Comercial, la que dictó una
medida cautelar promovida por un cliente contra el Banco Macro para impedir el
cobro compulsivo de una deuda.
El monto que adeudaba se debía a una
serie de compras que había realizado con una tarjeta de crédito Visa en Punta
Cana y Puerto Rico, dos destinos en donde, según demostró con su pasaporte, no se
encontraba en el momento en que se generaron las deudas ya que se encontraba en
la Argentina.
Los jueces Eduardo Machin y Julia
Villanueva indicaron que según la Ley 25.065 que regula a las tarjetas de
crédito que la "norma, implícitamente, reconoce el derecho del demandante
a no ser obligado compulsivamente al pago de los gastos que mediante este
juicio ha cuestionado".
En un intercambio de correos
electrónicos, el banco indicó que la "guarda y custodia" de la
tarejta es una obligación del cliente e indicó la posibilidad que la tarjeta
hubiera sido usada por un tercero.
Además, los jueces ordenaron que el banco y la emisora de la tarjeta rectifiquen la información que habían pasado al Veraz por esta deuda. El demandante, que fue identificado como M y es abogado, pidió la medida cautelar luego de que sus reclamos fueran rechazados por Macro y Visa.