Confirman una condena a 10 años de prisión por secuestro extorsivo

En septiembre de 2014, la víctima se encontraba con su esposo en un auto esperando que sus hijas salieran del colegio. En ese momento, fue secuestrada por los imputados, que se la llevaron en un vehículo. Minutos más tarde, el marido comenzó a recibir mensajes y llamadas en su celular. Los captores le exigían un pago de 500 mil pesos y 30 kilos de estupefacientes a modo de rescate.
Finalmente, acordaron la entrega de 100 mil pesos para liberarla. La víctima fue dejada en Merlo cerca de las 05:30 del día siguiente, sin que se llegara a pagar el rescate.
Durante la pesquisa se interceptaron los teléfonos que tuvieron contacto con el extorsionado, lo que derivó en la detención de Fabricio Eustaquio, Raúl Martínez y Gonzalo Pereyra, los tres condenados, en diciembre de 2014.

La defensa basó su recurso contra la sentencia argumentando que los policías que detuvieron a sus asistidos no tendrían que haber actuado porque no tenían jurisdicción.
La Casación Nacional citó al Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Número 6 al momento de dictar el fallo, cuando razonó que los uniformados consideraron, en base a escuchas e informes, que se estaba por cometer un nuevo hecho y que al advertir que se trataba de un robo le dieron intervención a la policía y a la Justicia bonaerense. En línea con lo expresado por el Ministerio Público Fiscal en su presentación, la Alzada estimó que el procedimiento fue ajustado a derecho, destacando que el trabajo y el seguimiento fueron ordenados y controlados por el fiscal federal que tenía la dirección de la investigación, de acuerdo al artículo 196 bis del Código Procesal Penal de la Nación, reformado por la ley Antisecuestros (25760). También sostuvo que no podía descartarse que los imputados fueran a cometer un nuevo secuestro extorsivo el día de su detención.

Así, valoró que quedó claro que durante dos meses de investigaciones, el control del caso, como se estila en esa clase de pesquisas delegadas, prosiguió bajo el control de las autoridades respectivas, fiscal y juez, a efectos de asegurar el éxito de la tarea que llevaba a cabo la división específica de la Policía Federal.
Además, rechazó el argumento de la defensa que cuestionó la condena agravada, porque el delito se cometió por tres o más personas.

Fuente: Comercio y Justicia