Declaran inconstitucional la baja en la indemnización por exilio forzoso

La Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo declaró la inconstitucionalidad de la resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que redujo en un 75 por ciento la indemnización legal para los exilios forzosos durante la última dictadura militar.

 

Así lo decidió por mayoría la Sala V de la Cámara ante la demanda promovida por Alfredo Felipe Otarola de la Serna contra el Estado Nacional por la resolución 670ûE-APN, dictada por esa cartera en agosto de 2016.

 

El voto que prevaleció se remitió al antecedente "Ocaña, Camilo Rafael" en el que se analizó la constitucionalidad de la resolución que modifica una norma superior y la función de la ley 24.043 ante el compromiso internacional de reparar sin restricciones graves violaciones a la dignidad del ser humano.

 

La mayoría ponderó, además, que en 2004 la Corte Suprema de Justicia equiparó el "exilio forzoso" a los casos de las personas que, durante el último gobierno de facto, fueron puestas a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, o que siendo civiles hubiesen sufrido detención en virtud de actos emanados de tribunales militares.

 

Por unanimidad, el tribunal de segunda instancia concedió que se ampliara el período por el cual se le había reconocido el beneficio, similar a la treintava parte del sueldo de la categoría superior del escalafón del personal de la administración pública por cada día de detención.