Acción penal
Instancia privada / Alcances generales /Cuando la ley penal (art. 72 C.P.) decide subordinar el ejercicio de la acción penal pública a una manifestación de la voluntad de la víctima a través de la instancia privada, no hace más que dejar en manos del agraviado la decisión de permitir o no el inicio de la persecución penal....
Tribunal: Juzgado de Control Nº 3
Autos: Control jurisdiccional presentado por el Dr. Néstor W. Vela Gutiérrez a favor de Jorge Ernesto Ramírez en Srio. 1905/12 U. J. Violencia Familiar
Revista Nro: 160
Nro Página: 255