Costas

Principio objetivo de imposición / Excepción /

A tenor del criterio objetivo-subjetivo consagrado en el art. 130 C.P.C.C., las costas del proceso deben imponerse en su totalidad al demandado, que ha resultado perdidoso. Nuestro código establece un régimen de costas que no responde a un principio objetivo puro, sino un sistema regido por el principio objetivo-subjetivo, en el cual, si bien el principio general, es que el que pierde paga, éste s...
Tribunal: Cámara 7ª C. y C.
Autos: Dirección de Rentas de la Provincia de Córdoba c/ Sindicato Obrero de Choferes, Camioneros, Ayudantes de Córdoba

Revista Nro: 159
Nro Página: 277

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