Servidumbre

Cerramiento del fundo / Derechos del propietario del fundo sirviente /

En el establecimiento de una servidumbre se entiende concedida al propietario de la heredad dominante la facultad de ejercer las servidumbres accesorias que son indispensables para el uso de la servidumbre principal; pero la concesión de una servidumbre no lleva virtualmente la concesión de otras servidumbres para hacer más cómodo el ejercicio del derecho si no son indispensables para su uso....
Tribunal: Cámara 1ª C. y C.
Autos: Pasquali, José Alberto c/ Disco S.A. - Acciones posesorias/reales

Revista Nro: 157
Nro Página: 275

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