Defensa del consumidor

Daño moral / Configuración / Acreditación /

El daño moral, en tanto lesión espiritual, no es susceptible de acreditación directa, sólo pueden probarse circunstancias que según el curso ordinario de las cosas tienen normalmente capacidad de producir dolor o perturbación espiritual en una persona. Las situaciones que objetivamente no pasan de ser disgusto, fastidio, incomodidad y aprensión, no alcanzan a configurar una lesión espiritual su...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C.
Autos: Teijeiro (o) Teigeiro, Luis Mariano c/ Cervecería y Maltería Quilmes S.A.I.C.A. y G.

Revista Nro: 157
Nro Página: 271

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase