Contrato de trabajo

Solidaridad de los codemandados / Improcedencia /

No se establece en qué se funda la pretendida solidaridad, porque no se identifica el tipo social que se pretende que existe, ni el daño inferido a la sociedad al que se refiere el art. 54, ni la responsabilidad social a la que se refiere el art. 56, ni la deslealtad y falta de diligencia que pudieran tener los administradores y representantes legales a que se refiere el art. 59, ni la condición d...
Tribunal: Cámara del Trabajo de San Francisco
Autos: Maldonado, Norma Beatriz c/ Contreras, Antonio Cristóbal y/o Albera Margarita y/o Contreras, Laura Lorena y/o Propietarios del Maxiquiosco denominado Maxikiosco La Mar

Revista Nro: 156
Nro Página: 317

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