Prescripción
Inconstitucionalidad del tope indemnizatorio /Tratándose de enfermedades laborales, no puede admitirse que la ley evite la satisfacción de la pérdida de ingresos o de capacidad de ganancia del damnificado. Es necesaria la aplicación de los principios de justicia social, en cuanto se tiende a alcanzar el bienestar del pro homine, requiriendo la interpretación amplia de las normas para la protección del sujeto de preferente tutela constituciona...
Tribunal: Cámara del Trabajo, Sala VI
Autos: Vera, Rodolfo Aníbal c/ Boletín Oficial - Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba
Revista Nro: 154
Nro Página: 344