Contrato de trabajo

Distracto: efectivización / Negativa de relación laboral / Aplicación de la multa prevista en la L.C.T. /

Es necesario para efectivizar el distracto de realizarse no sólo en virtud de la buena fe que debe regir la relación de trabajo, sino también a los fines de dar certeza respecto del momento en que se produce la ruptura. Sin embargo, a la hora de aplicar esa pauta no puede prescindirse de las circunstancias fácticas y probatorias de cada causa. Procede la multa del art. 80 L.C.T. pues la negati...
Tribunal: T.S.J., Sala Laboral
Autos: Delfitto, Silvia Natalia c/ Telenet S.A. y otros

Revista Nro: 154
Nro Página: 341

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