Despido

Deficiente registración / Sanciones / Condena a la debida entrega de la certificación de servicios con astreintes /

Si el actor se encontraba registrado media jornada y la realidad indica que laboraba jornada completa, es decir que al momento del despido estaba registrado de modo deficiente resultaría aplicable el art. 1º de la ley 25.323, pero en la especie no corresponde su pago ya que el resarcimiento es sobre el art. 245 L.C.T. cuyo pago no es aplicable conforme el contrato de trabajo extinguido en el perío...
Tribunal: Cámara del Trabajo, Sala 9ª
Autos: Agüero, Néstor Fabián c/ Carrizo, Pablo Martín

Revista Nro: 153
Nro Página: 352

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase