Despido

Extinción de la relación laboral durante el periodo de prueba / Despido sin causa /

El art. 92 bis L.C.T. dispone la indeterminación del plazo del contrato de trabajo, pero durante los tres primeros meses, este periodo se entiende que es a prueba y cualquiera de las partes podrá extinguirlo en ese lapso sin expresión de causa, sin derecho a indemnización pero con la obligación de preavisar según los arts. 231 y 232 del mismo plexo legal. Si la duración de la relación ha sido d...
Tribunal: Cámara del Trabajo, Sala 9ª
Autos: Agüero, Néstor Fabián c/ Carrizo, Pablo Martín

Revista Nro: 153
Nro Página: 351

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