Ejecución fiscal

Envío de intimación de pago al demandado contra el que se desistió / Desistimiento tácito respecto de uno de los demandados / Prescripción: cómputo del plazo /

Mal puede tenerse por tácitamente reconocida por el demandado la autenticidad y recepción de la intimación al pago de las gabelas cuando ella fue dirigida al demandado primigenio, habiendo desistido el actor de la acción impetrada en su contra. Si se inicia la demanda en contra de un demandado, sin notificarle luego la citación de comparendo y de remate, desistiendo en los hechos en su contra ...
Tribunal: Cámara 1ª C., C. y Cont. Adm, de Río Cuarto
Autos: Fisco de la Provincia de Córdoba c/ Ribolzi, Fabricio Pablo

Revista Nro: 153
Nro Página: 320

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