Patria potestad
Administración de los bienes de los hijos /Los padres tienen la obligación y el derecho de criar a sus hijos, alimentarlos y educarlos conforme a su condición y fortuna (art. 265 C.C.), y son los administradores legales de los bienes de los hijos sujetos a responsabilidad parental, cuyo propósito es mantener su valor hasta su entrega al término de la gestión en el estado en que los recibieron, y sin que se haya producido una disminución en...
Tribunal: Cámara 2ª de Familia
Autos: M., D.B. - Autorizaciones
Revista Nro: 152
Nro Página: 338