Juicio ejecutivo

Perención de instancia / Forma de computar el término / Suspensión del plazo en procesos que se inician en sede Capital ante Mesa de Entradas /

Los plazos de perención de instancia comienzan a correr el día siguiente de aquél en que se cumplió el último acto de impulso, el cual, en cambio, no se computa en la duración del término. El plazo se inicia a la cero hora del día que sigue al del último acto que impulsó el procedimiento, lo que es exactamente igual que decir que empieza pasada la hora 24 del mismo día del acto de impulso. De esta...
Tribunal: Cámara 1ª C., C. y Cont. Adm, de Río Cuarto
Autos: Fisco de la Provincia de Córdoba c/ Olega S.A.C.I.I.A. y F.

Revista Nro: 152
Nro Página: 329

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