Despido

Locutor de radio / Ausencia de convenio de exclusividad / Causa de despido: violación del deber de no concurrencia / Improcedencia de la causal invocada /

No se ha probado que el actor tuviese con la radio demandada convenio alguno de exclusividad. La característica personal y laboral, puesta de manifiesto en una emisora, como ejercicio de su tarea profesional de locutor, puede ser puesta al servicio de otra emisora. La exclusividad no configura uno de los elementos esenciales del contrato de trabajo, art. 21 L.C.T., ya que el propio convenio co...
Tribunal: Cámara del Trabajo de San Francisco
Autos: Fernández, Víctor Nelson c/ Radio Rural San Francisco S.R.L.

Revista Nro: 151
Nro Página: 340

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