Despido

Intereses moratorios: cómputo /

Los intereses moratorios deben computarse desde el momento mismo en que nace la obligación cuyo cumplimiento tardío constituye la causa de aquéllos. El deudor los debe sólo por no haber pagado en tiempo la obligación. El retraso en el pago ocasiona un daño que es compensado mediante un crédito por intereses y por tanto, para que el perjuicio sea reparado, el cómputo debe incluir todo el tiempo en ...
Tribunal: T.S.J., Sala Laboral
Autos: Porcel, Pablo Diego c/ Azul Computación y otros

Revista Nro: 148
Nro Página: 228

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