Ejecución fiscal

Intereses moratorios / Intereses devengados desde la emisión del título hasta la interposición de la demanda / Obligación de pago del deudor: alcance /

La ejecución es un acto posterior a la emisión del título y no puede éste certificar la existencia y exigibilidad de obligaciones aún no nacidas, el resultado es que la ejecución no puede incluir nunca la totalidad de los intereses devengados hasta el momento de su inicio, a menos que ambos actos, emisión del título y ejercicio de la acción ejecutiva, se realicen al mismo tiempo, en un solo instan...
Tribunal: Cámara 3° C. y C.
Autos: Municipalidad de Córdoba c/ De la Torre, Elio del Jesús

Revista Nro: 148
Nro Página: 211

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase