Daños y perjuicios
Valor de la vida humana / Indemnización por su pérdida / Daño moral: cuantificación /La vida humana es un derecho de la personalidad, el más importante de todos, pero no constituye un bien en el sentido del art. 2312 C.C., no puede cotizarse en dinero y está fuera del comercio. Por lo tanto, no puede indemnizarse su pérdida per se, sino en la medida en que represente un detrimento de alguna clase (moral o material) para quien reclama tal reparación.
La ley otorga el carácter de h...
Tribunal: CNCiv., Sala H
Autos: Galiano, Dalmacia c/ Industrias MD S.A. s/ Ordinario
Revista Nro: 148
Nro Página: 208