Derecho previsional

Derecho a pensión de la conviviente / Requisitos para su concesión /

La ley 8024 exige para reconocer el beneficio de pensión a la conviviente, la convivencia publica y notoria con el causante durante un tiempo mayor a los últimos cinco años en aparente matrimonio, o últimos 10 años si hubiere impedimento de ligamen. Ello significa la exigencia de una unión de hecho que parezca un matrimonio. Así como el matrimonio es monogámico, el concubinato también debe serlo, ...
Tribunal: Cámara 1ª Contencioso Administrativa
Autos: Alvarez, Marta Graciela (A.M.G) c/ Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba

Revista Nro: 146
Nro Página: 275

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase