Representación procesal

Poderes especiales / Carta poder / Formalidad /

Se admiten en la órbita del proceso local, las formas establecidas en el art. 90 C.P.C.C. para los poderes especiales: apud acta o carta poder con firma autenticada. No se exigen formalidades especiales para las cartas poder, más allá de la autentificación de la firma expresada. No existe obstáculo al llenado manuscrito de un formulario preimpreso, ello no obra prohibido y es habitual en estos cas...
Tribunal: Cámara 7ª C. y C.
Autos: Marino de Belmaña, Irma Ana Elizabeth c/ Zangla, Marcelo Enrique y otro

Revista Nro: 143
Nro Página: 266

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