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Sujetos de la relación procesal / Parte: concepto /

Para atender el concepto de parte hay que partir de esta premisa elemental: que la cualidad de parte se adquiere con abstracción de toda referencia al derecho sustancial, por el solo hecho de su naturaleza exclusivamente procesal. Las partes, como sujetos de la relación procesal, no deben confundirse con los sujetos de la relación sustancial controvertida, ni con los sujetos de la acción....
Tribunal: Cámara C., C., de Flia. y Cont. Adm. de Río Cuarto
Autos: Rimoldi, María Inés c/ José Alfredo Díaz

Revista Nro: 143
Nro Página: 265

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