Embargo

Levantamiento de medida cautelar in continenti: requisitos / Interpretación restricitiva /

El art. 441 del C.P.C.C., establece un trámite sencillo y sumario para que los terceros soliciten el levantamiento de embargo sobre bienes de su propiedad, condicionado a la acreditación in continenti de su titularidad actual, es por ello que en el primer acto se debe acompañar la documentación según corresponda a la naturaleza del bien involucrado, pues no hay posibilidad de completarlo con poste...
Tribunal: T.S.J., Sala Laboral
Autos: Montivero, José F. c/ Demadera S.R.L.

Revista Nro: 143
Nro Página: 294

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase