Contrato de trabajo

Incumplimiento del deber de registración / Clandestinidad laboral / Remuneración / Pago efectuado a través de depósito bancario. Validez /

Deviene absurdo intentar prevalecerse del art. 92 bis de la L.C.T. (período de prueba), cuando se incumple con la obligación primera de todo empleador, que es registrar en debida forma al trabajador. Pues bien, verificado el incumplimiento y, por consiguiente, la clandestinidad laboral, que es lo perseguido por la totalidad de las disposiciones tuitivas del empleo decente y del trabajador, corresp...
Tribunal: Cámara del Trabajo de San Francisco, Sala Unipersonal
Autos: Guayare, Jorge c/ Alberto Fabián Costa - Diferencia de haberes y otros

Revista Nro: 143
Nro Página: 287

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase