Consignación


. Conforme con lo dispuesto por el art. 758 C.C., uno de los requisitos para que la consignación tenga fuerza de pago es que concurran los requisitos de tiempo sin los cuales éste no puede ser válido. En consecuencia, es claro que si el ofrecimiento que rechazó el acreedor fue efectuado después que el deudor había incurrido en los incumplimientos previstos contrac-tualmente como causal para que op...
Tribunal: Cámara 3ª, C. y C.
Autos: Seven S.R.L. c/ Alero Sociedad de hecho

Revista Nro: 117
Nro Página: 303

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