Recurso de reposición

Admisión in limini litis del recurso / Imposición de costas a la contraria / Fundamentos /

La facultad judicial para decidir liminarmente la procedencia del recurso de reposición omitiendo la sustanciación (art. 359 C.P.C.C.) no trae aparejada la imposibilidad de cargar a la contraria las costas generadas por la actividad profesional desplegada por el litigante vencedor. \nNo existe directiva legal que autorice a apartarse del régimen general en materia de costas (a...
Tribunal: Cámara 8ª C. y C.
Autos: Páez, Jorge Alberto y otro c/ Dipas (ex EPOS)

Revista Nro: 95
Nro Página: 234

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