Contratos


Cuando la inteligencia del contrato no pueda extraerse de sus cláusulas, por ser éstas ambiguas o equívocas, o contradictorias entre sí, o por contener vacíos, o por haber equivocado las partes el nombre de la convención que celebran, etc., será necesario proceder a su interpretación, para establecer claramente las obligaciones asumidas y sus efectos, y podrá el juzgador recurrir a otros elementos...
Tribunal: Cámara 5° C. y C.
Autos: Serra, Zulema Ester c/ Chaban, José Luis y otro

Revista Nro: 113
Nro Página: 189

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