Intereses

Intereses moratorios / Obligación legal / Accesorios de la deuda principal / Deudas tributarias. Título ejecutivo. Intereses comprendidos entre la emisión del título e inicio de la ejecución: procedencia /

El deudor está siempre y en todo caso obligado a pagar los intereses causados por la mora (arts. 508 y 622 C.C.). Se trata de una obligación de carácter legal.\nLa obligación de pagar intereses por mora está constituida nada más que por accesorios de una deuda principal.\nLa obligación de pagar intereses por mora en el pago del impuesto a los ingresos brutos está constituida por accesorios de una ...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C.
Autos: Fisco de la Provincia de Córdoba c/ Leikij, Margarita María

Revista Nro: 142
Nro Página: 243

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