Recurso de revisión

Concepto / Improcedencia del recurso /

La acción de cosa juzgada írrita, ha sido receptada en nuestro C.P.C.C., bajo el Capítulo VI (recursos), Sección 6ª (revisión), como un remedio excepcionalísimo, desde que importa dejar de lado la res iudicata -concebida como atributo o efecto típico de inmutabilidad de una decisión judicial-, cuando no existen contra ella medios impugnativos que permitan modificarla.\nLa acción de cosa juzgada ír...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C.
Autos: Banco Israelita de Córdoba S.A. - I.R.P.C. - Rev. autorización para func. - Liq. judicial - Hoy quiebra

Revista Nro: 141
Nro Página: 268

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase