Despido

Despido indirecto /

Ninguna duda puede abrigarse respecto de la fundabilidad del despido indirecto, en tanto la sola comprobación de que se adeudaban haberes, como las diferencias salariales perseguidas por todo el término de la prescripción, bastaba para reputar configurada una conducta suficiente e insuperablemente injuriosa, por involucrar lo adeudado prestaciones básicas y esenciales para la existencia y superviv...
Tribunal: Cámara C., C., del Trabajo y Flia. de Villa Dolores
Autos: Bringas, Jorge Iván c/ Liliana Molina

Revista Nro: 140
Nro Página: 330

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