Prueba pericial

Carácter común de la prueba / Acuse de negligencia: improcedencia /

Cuando la prueba pericial reviste el carácter de común, no procede que una de las partes acuse la negligencia de la otra, pues la carga de urgirla corresponde tanto a la actora como a la demandada, sin que tenga valor a esos efectos el desistimiento formulado por la demandada en la misma fecha en que acusó negligencia de esa prueba, ya que no se había hecho saber a la contraria esa circunstancia.\...
Tribunal: Cámara 7ª C. y C.
Autos: Risso Patrón, Segundo Daniel c/ Chexa S.A.

Revista Nro: 140
Nro Página: 310

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