Intereses

Tasa aplicable / Fundamentos /

Cabe aplicar siempre la tasa pasiva que publica el Banco Central de la República Argentina incrementada en un uno por ciento mensual, sin distinción alguna de períodos hasta el 31 de diciembre de 2006; porque sumar a la tasa pasiva un dos por ciento mensual a partir del 7 de enero de 2002, es excesivo, dado que no concuerda con la realidad económica existente a esa data, ni con la finalidad que de...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C.
Autos: González Viscio, Ricardo Laureano c/ Galván, José Antonio

Revista Nro: 140
Nro Página: 298

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