Condominio

Transferencia del dominio / Título y modo /

En nuestro sistema legal la transferencia del dominio queda perfeccionada cuando existe título y modo, consagrado expresamente en los arts. 577 y 3265 C.C., por lo que de acuerdo con ello, la compraventa sólo declara el derecho del comprador (y no lo constituye) a exigir la transmisión dominial; es decir, impone al vendedor la obligación de transferir la propiedad, la q...
Tribunal: Cámara 8ª C. y C
Autos: Pierry, Alfredo Luis c/ Nora Y. del C. Valencia Gallardo

Revista Nro: 95
Nro Página: 213

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