Concurso preventivo

Incidente de revisión / Falta de legitimación del síndico para impugnar /

El síndico no puede impugnar la decisión que recaiga sobre el incidente de revisión promovido por otro pues siendo que en los concursos preventivos el deudor no pierde la administración de sus bienes ni su capacidad procesal, el único interesado (art. 354, 1er párr., L.C.) para recurrir por costas que se le impusieran es él. ...
Tribunal: Cámara C., C. y Cont. Adm. de San Francisco
Autos: Scarafía, Oreste - Incidente de revisión en autos

Revista Nro: 95
Nro Página: 213

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