Recurso de apelación

Tribunal competente / Domicilio de la aseguradora / Carga de la prueba /

Los arts. 118 y 119 L.S., no distinguen si la competencia del Juez corresponde al domicilio de la casa central, que es el domicilio legal o estutario (art. 90, inc. 3, C.C.) o al domicilio especial de las sucursales o establecimientos (art. 90, inc. 4, C.C.) para la ejecución de las obligaciones allí contraídas, por los agentes locales de la sociedad o al de cualquier agencia; por ello cuando se d...
Tribunal: Cámara 7ª C. y C.
Autos: Caon, Javier Alejandro c/ Botti, Cristián Juan y otros

Revista Nro: 139
Nro Página: 231

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