Servicio doméstico

Cuidado de niña discapacitada en el domicilio de la actora / Ausencia de relación laboral / Improcedencia del reclamo indemnizatorio. /

Según el art. 49 de la ley 7987 debe presumirse iuris tantum que son ciertos los hechos denunciados por las accionantes en el libelo introductorio de la acción, cuando la demandada ha omitido contestar.\nAnte la inasistencia injustificada de la demandada a la absolución de posiciones, hace que por la confesión ficta, se tengan por confesadas las posiciones formuladas por las actoras.\nEl contenido...
Tribunal: Cámara del Trabajo, Sala Sexta
Autos: Herrera, Berta y otro c/ Gallo, María Ofelia

Revista Nro: 138
Nro Página: 240

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