Sucesión

Acción de reducción / Procedencia / Usufructo gratuito sobre el único bien que integra el acervo hereditario / Afectación de la legítima. /

La acción de reducción es procedente cuando se ha afectado la legítima, que es la porción de la cual los herederos forzosos no pueden ser privados sin justa causa de desheredación, sea por desprendimientos patrimoniales resultantes de enajenaciones anteriores al fallecimiento del causante o resultantes de disposiciones testamentarias.\nLa doctrina es pacífica en sostener que la opción conferida a ...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C.
Autos: Parrotti, Carlos Gabriel y otro c/ Correa, Enélida Antonia

Revista Nro: 138
Nro Página: 235

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